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El Gobierno dio de baja a 10 obras sociales por no cumplir con los requisitos legales

13/03/2026 07:08 - Actualidad

La Superintendencia de Servicios de Salud comunicó a través del Boletín Oficial la baja de diez entidades de medicina prepaga que no acreditaron solvencia, gestión y prestación. Los afiliados no perderán su cobertura y podrán optar por otra obra social.

Una depuración histórica del sistema de salud

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) resolvió dar de baja a diez obras sociales que operaban con permisos provisorios pero que no lograron ajustarse al marco regulatorio establecido por el artículo 5 de la ley 26.682. La decisión, publicada en el Boletín Oficial el 12 de marzo de 2026, se enmarca en una política de transparencia y mayor control sobre el sistema de medicina prepaga.

Las entidades afectadas no presentaron la documentación necesaria para demostrar la solvencia requerida, por lo que el Gobierno rechazó su inscripción definitiva. Muchas de estas organizaciones funcionaban como intermediarias o "sellos" sin prestar servicios médicos reales, según descubrió la limpieza del padrón iniciada en 2024.

Las diez obras sociales dadas de baja

Estas entidades dejaron de operar formalmente:

EntidadR.N.E.M.P.
Círculo Médico de San LuisNº 4-1081-8
Círculo Médico de BragadoNº 4-1101-9
Policlínico Lomas Medicina Prepaga S.A.Nº 1-1291-2
Protección Médica SRLNº 1-1681-1
ECSA SaludNº 1-1676-1
Obra Social de la Federación de Cámaras y Centros Comerciales ZonalesNº 6-1799-8
And the Yellow Too S.A.Nº 1-1666-2
Asociación Mutual de Trabajadores Municipales de RosarioNº 3-1403-5
Asociación Española de Socorros Mutuos - Villa ConstituciónNº 3-1281-7
Mutual Odontológica ArgentinaNº 3-2037-9

¿Qué pasará con los afiliados?

Los trabajadores afiliados no perderán su cobertura médica. Podrán:

  • Ejercer su derecho a elegir otra obra social
  • Si no eligen, la SSS les asignará una alternativa de similares características
  • Las entidades deberán comunicar formalmente a los afiliados el inicio del proceso de baja
Contexto normativo

El artículo 5 de la ley 26.682 establece los requisitos que deben cumplir las obras sociales y prepagas para operar, incluyendo capacidades de solvencia, gestión y prestación.

Una política de transparencia en curso

Desde principios de 2024 se inició una depuración del padrón de obras sociales. Las autoridades descubrieron que muchas entidades no contaban con afiliados reales registrados y solo funcionaban como intermediarias, cobrando por servicios que no prestaban directamente.

Esta decisión busca proteger a los beneficiarios de posibles irregularidades y garantizar que las obras sociales cumplan con estándares mínimos de calidad y solvencia financiera.

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