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La Justicia rechazó la cautelar de la CGT contra la reforma laboral

11/03/2026 17:10 - Politica

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7 desestimó el pedido de la central obrera para suspender los artículos 90 y 91 de la Ley 27.802, que transfieren la justicia laboral nacional a CABA. El juez Lavié Pico consideró que no había peligro en la demora y que la vía elegida garantiza una resolución rápida.

Un revés judicial para la estrategia sindical

La Confederación General del Trabajo (CGT) sufrió su primer revés en los tribunales en su ofensiva contra la reforma laboral. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7, a cargo del juez Enrique Lavié Pico, rechazó la medida cautelar innovativa solicitada para suspender la aplicación de los artículos 90 y 91 de la Ley de Modernización Laboral 27.802.

¿Qué establece el fallo?

La resolución judicial establece que la medida cautelar solicitada por la CGT no cumple con los requisitos necesarios para ser concedida. El juez Lavié Pico fundamentó su decisión en tres pilares:

  • Carácter excepcional: Las medidas cautelares innovativas alteran el estado de hecho o derecho vigente antes de una decisión judicial definitiva, por lo que su otorgamiento debe ser restrictivo.
  • Objeto principal: La petición de la CGT coincide prácticamente con el objeto principal de la demanda, lo que convertiría la cautelar en un anticipo del fallo final.
  • Vía rápida: La acción de amparo elegida por la central obrera asegura una decisión pronta sobre el fondo, por lo que no se configura un daño irreparable.

El magistrado señaló que "no se advierte el peligro en la demora" que justifique suspender la aplicación de la ley mientras se resuelve el fondo de la causa.

Datos clave

Ley27.802
Artículos cuestionados90 y 91
Juez intervinienteEnrique Lavié Pico
Fecha del fallo11 de marzo de 2026
Plazo de informe5 días

¿Qué buscaba la CGT?

La central obrera había presentado el 6 de marzo de 2026 una acción de amparo contra el Estado Nacional solicitando:

Artículos 90 y 91

Establecen el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Convenio de Transferencia

El acuerdo que formaliza la transferencia de la función judicial laboral hacia la justicia porteña.

La CGT alegó que la ejecución de la nueva ley "suprime la Justicia Nacional del Trabajo y traslada competencias", lo que podría dificultar una reparación futura. También solicitó prescindir del informe previsto en el artículo 4° de la Ley 26.854, argumentando que representa a un grupo vulnerable.

Próximos pasos en la causa

Tras el rechazo de la cautelar, el juzgado ordenó:

1
Librar oficio al Estado Nacional para que presente informe en 5 días según el artículo 8º de la Ley 16.986.
2
La CGT deberá adjuntar copias digitales de la documentación presentada.

Desde la central sindical confirmaron que "continuarán con el reclamo judicial" y están definiendo los próximos pasos en materia judicial.

Contexto: ¿qué es la Ley 27.802?

La Ley de Modernización Laboral, sancionada por el Congreso y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026, incluye entre sus disposiciones el traspaso de la justicia laboral nacional a la Ciudad de Buenos Aires. Este cambio implica que las causas laborales de ámbito nacional en CABA pasarán a ser competencia de la justicia del trabajo porteña.

El juez Lavié Pico ya había rechazado en 2024 dos amparos contra el DNU 70/2023, lo que marca un precedente en su postura frente a medidas cautelares contra reformas gubernamentales.

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