31/03/2026 12:09 - Actualidad
El Juzgado Nacional del Trabajo N°63, a cargo del juez Raúl Ojeda, suspendió la aplicación de 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (Ley N°27.802) tras aceptar una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT). El magistrado consideró que existen indicios "serios y graves" de inconstitucionalidad que vulneran principios constitucionales y tratados internacionales vigentes.
El juez Ojeda fundamentó su decisión en varios puntos clave:
La medida cautelar es provisoria y mantendrá vigencia hasta que se dicte sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.
La decisión judicial implica que temporalmente no se aplican los artículos cuestionados de la reforma laboral mientras se resuelve la causa principal. Los trabajadores y sindicatos pueden seguir amparándose en la normativa anterior.
El gobierno anunció que apelará la medida, por lo que el debate continuará en instancias superiores de la Justicia.
El fallo suspende una amplia gama de modificaciones. Entre los puntos más destacados se encuentran:
| Tema afectado | Cambio suspendido |
|---|---|
| Derecho de huelga | Limitaciones y sanciones por protestas gremiales |
| Indemnizaciones | Nuevo esquema de cálculo con topes y Fondos de Asistencia Laboral |
| Período de prueba | Extensiones y eliminación del preaviso obligatorio |
| Banco de horas | Acuerdos individuales para distribución de jornada |
| Teletrabajo | Derogación de la Ley N°27.555 que regulaba el trabajo remoto |
| Plataformas | Clasificación de trabajadores de apps como "prestadores independientes" |
| Tercerización | Limitaciones a la responsabilidad solidaria de empresas usuarias |
| Negociación colectiva | Modificaciones a la ultraactividad de convenios y prelación |
| Aportes sindicales | Reducción de aportes de trabajadores no afiliados |
| Antigüedad | Nuevo cómputo con pausas máximas de dos años |
La central obrera, conducida por Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, celebró el fallo y señaló que la norma implica:
La CGT argumentó que la reforma vulnera compromisos internacionales asumidos por Argentina en materia de derechos humanos y laborales.
La Ley N°27.802 de Modernización Laboral fue aprobada por el Congreso en febrero de 2026 y representó uno de los principales logros legislativos del gobierno de Javier Milei.
La norma buscaba flexibilizar el mercado laboral, abaratar despidos, extender jornadas y reducir cargas patronales. El gobierno argumentaba que dinamizaría un mercado estancado desde hace más de una década.
Desde su aprobación, al menos cinco tribunales del país habían dictado inconstitucionalidad sobre algunos artículos en primera instancia.
Juzgado: Nacional del Trabajo N°63
Expediente: CNT-10308/2026
Actor: Confederación General del Trabajo c/ Estado Nacional
La medida cautelar es de carácter provisorio y mantendrá su vigencia hasta que se dicte sentencia definitiva en la causa principal.
Próximos pasos: El gobierno anunció que apelará la decisión. El debate sobre la constitucionalidad de la reforma laboral continuará en las instancias superiores del Poder Judicial mientras la suspensión se mantiene vigente.
Fuentes: El País y Palabras del Derecho
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones