07/03/2026 01:06 - Economia
El conflicto bélico entre Estados Unidos, Israel e Irán (Operación Furia Épica) provocó el cierre del Estrecho de Ormuz, por donde circula aproximadamente el 20% del gas y petróleo mundial. Qatar, uno de los mayores exportadores de GNL del mundo, tiene su producción virtualmente paralizada, generando un shock de oferta sin precedentes.
La Argentina atraviesa un momento crucial en su política energética. El Gobierno nacional oficializó mediante el Decreto 49/2026 el traspaso de las operaciones de importación de Gas Natural Licuado (GNL) a manos de un agregador-comercializador privado, desplazando el rol histórico que cumplía la estatal ENARSA.
El TTF (Title Transfer Facility), índice de referencia europeo para el gas natural que Argentina utiliza para contratos internacionales, escaló más del 40% en la última semana. Esta volatilidad extrema complica cualquier proyección de costos para el próximo invierno austral.
La Resolución 33 de la Secretaría de Energía establece un plazo de 40 días corridos desde su publicación (9 de febrero) para seleccionar al comercializador. Esto significa que el proceso debe estar cerrado el 21 de marzo de 2026.
Un agregador comercializador es una figura del mercado energético que concentra la compra de gas natural licuado en el mercado internacional para luego revenderlo a las distribuidoras locales. Hasta ahora, esta función era desempeñada por ENARSA (Energía Argentina S.A.), la empresa estatal. El nuevo esquema busca eficiencia privada pero expone al operador a riesgos financieros significativos.
El principal obstáculo para el futuro operador privado es el desfasaje temporal de precios. El esquema previsto obliga al comercializador a:
| Etapa | Momento | Referencia de precio |
|---|---|---|
| Compra de GNL | Marzo 2026 | Índice TTF (actualmente en alza) |
| Venta a distribuidoras | Junio-Julio 2026 | Tarifas locales reguladas |
Este bache de 2-3 meses expone al operador privado a:
La Secretaría de Energía se reservó el derecho de adquirir volúmenes adicionales ante cualquier riesgo de suministro. Esta "cláusula de seguridad" reconoce implícitamente que la capacidad de respuesta del privado podría verse desbordada si:
? El agregador no utiliza plenamente la capacidad de regasificación
? Las ventanas de arribo se ven alteradas por la logística global
Este proceso se enmarca en una política de desregulación energética que comenzó formalmente con varias resoluciones:
La normativa actual no define con claridad cómo se distribuirán los costos de regasificación cuando la Secretaría de Energía deba intervenir comprando gas por fuera del agregador. Este vacío regulatorio podría derivar en disputas legales entre:
El éxito del nuevo esquema de comercializador-agregador de GNL dependerá de su capacidad para "surfear la tormenta geopolítica". El Gobierno puso el foco en la eficiencia privada, pero en un mercado global convulsionado por el cierre del Estrecho de Ormuz, el debut del nuevo esquema invernal requerirá de reaseguros mínimos para garantizar el abastecimiento energético de Argentina.
Fuentes: Resolución 33/2026 de la Secretaría de Energía, Decreto 49/2026, Resoluciones 400/2025, 501/2025 y 606/2025. Contexto del conflicto en Medio Oriente: Estrecho de Ormuz cerrado desde el 28/02/2026, más de 1.230 muertos en Irán, 77 en Líbano, petróleo Brent superior a USD 85/barril.
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones