10/03/2026 16:09 - Actualidad
La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de San Isidro revocó el fallo de primera instancia que ordenaba el desalojo de la fábrica FATE en San Fernando, legitimando la ocupación como una expresión del derecho constitucional a huelga. El tribunal, integrado por los jueces Juan Stepaniuc, Luis Cayella y Leonardo Pitlevnik, determinó que se trata de un conflicto de índole laboral y no de una cuestión penal.
En su resolución, los jueces argumentaron que frente al cierre de la empresa y el riesgo de vaciamiento, los trabajadores decidieron tomar una vía de acción directa en defensa de sus puestos de trabajo. La sentencia reconoce que “la huelga, como expresión más pura del reclamo, se encuentra reconocida como derecho en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y se trata de un medio de acción directa, de carácter colectivo, destinada a preservar o conquistar derechos o intereses de los trabajadores”.
La fábrica de neumáticos FATE anunció su cierre el 19 de febrero de 2026, despidiendo a 920 trabajadores. Desde entonces, el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA) mantiene la ocupación del establecimiento para defender los puestos de trabajo. El secretario general del gremio, Alejandro Crespo, encabeza la lucha contra lo que considera un vaciamiento empresario.
La decisión judicial llega pocos días antes del vencimiento de la conciliación obligatoria dispuesta por la Secretaría de Trabajo de la Nación, que concluye el miércoles 12 de marzo. El SUTNA convocó a una movilización para ese día a las 11 en las puertas de la fábrica, reclamando la reincorporación inmediata de todos los trabajadores.
El sindicato presentó un proyecto de ley ante la Legislatura bonaerense con el objetivo de impedir el cierre definitivo y asegurar la continuidad productiva. La iniciativa contempla:
El SUTNA remarca que FATE es la única fábrica de neumáticos para camión y colectivo del país, lo que la convierte en un activo estratégico para el funcionamiento del transporte de bienes y personas, además de ser clave en el contexto de la guerra en Medio Oriente que podría generar escasez de neumáticos en la región.
El fallo representa una señal política importante en un momento en que el gobierno de Javier Milei incorporó en la reforma laboral sancionada en el Congreso nuevas restricciones al derecho de huelga y límites a las medidas de acción directa, incluyendo la ocupación de empresas. La Confederación General del Trabajo (CGT) celebró la resolución y renovó su defensa del alcance constitucional de la huelga.
En las últimas semanas, los trabajadores organizaron festivales, acampes y actividades de visibilización para sumar respaldo social y evitar lo que denominan una “catástrofe social” por el cierre de la planta.
| Fecha del cierre | 19 de febrero de 2026 |
|---|---|
| Trabajadores afectados | 920 empleados |
| Producto estratégico | Única planta de neumáticos para camión y colectivo del país |
| Fallo judicial | Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías de San Isidro |
| Vencimiento conciliación | 12 de marzo de 2026 |
Fuentes: Infobae (https://www.infobae.com/sociedad/2026/03/10/la-justicia-revoco-el-desalojo-en-fate-y-legitimo-la-protesta-del-sindicato-por-el-cierre-de-la-fabrica/), Prensa Obrera (https://prensaobrera.com/sindicales/el-sutna-propone-una-ley-para-asegurar-la-continuidad-productiva-de-fate)
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones