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05/01/2026 15:06 • POLITICA • POLITICA
En los últimos días de 2025, el presidente Javier Milei promulgó mediante Decreto de Necesidad y Urgencia n.º 941/2025, publicado en el Boletín Oficial el 31 de diciembre. El texto modifica la Ley Nacional de Inteligencia (25.520) y otorga a la SIDE nuevas atribuciones, entre ellas la capacidad de aprehender personas durante actividades de inteligencia sin necesidad de orden judicial y la facultad de acceder a datos de comunicaciones, redes sociales y ubicación de dispositivos móviles.
El 5 de enero de 2026, un grupo de diputados encabezado por Mónica Frade, Maximiliano Ferraro y Esteban Paulón presentó una acción de amparo con medida cautelar ante el Poder Judicial, solicitando la suspensión inmediata del DNU. Argumentan que el decreto vulnera el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, la Convención Americana de Derechos Humanos y los principios de separación de poderes, al convertir al Ejecutivo en legislador de materia penal.
Los legisladores sostienen que la medida no cumplió con los presupuestos de urgencia exigidos para un DNU, ya que el Congreso había concluido sesiones extraordinarias el 30 de diciembre, y la norma modifica derechos fundamentales sin control parlamentario.
Organizaciones como la Comisión Provincial por la Memoria califican la reforma como una regresión a lógicas propias de la época de la dictadura, señalando la ausencia de rendición de cuentas y la opacidad total de las actividades de inteligencia.
El caso está actualmente en la justicia federal; de producirse la suspensión, el gobierno tendría que retrotraer la normativa o buscar una vía legislativa regular. Mientras tanto, la discusión sobre la necesidad de una reforma democrática del sistema de inteligencia sigue abierta.